Home Sociedad Un padre regresa a Río Negro tras 40 años para cumplir con la cuota alimentaria de su hija con discapacidad

Un padre regresa a Río Negro tras 40 años para cumplir con la cuota alimentaria de su hija con discapacidad

Un padre regresa a Río Negro tras 40 años para cumplir con la cuota alimentaria de su hija con discapacidad

Regreso inesperado después de cuatro décadas

Recientemente, un caso singular se desarrolló en Río Negro, donde un padre volvió al país luego de 40 años de ausencia con el objetivo de acordar el pago de la cuota alimentaria de una de sus hijas, quien padece una discapacidad. Este hombre había dejado atrás a sus cuatro hijos en Argentina durante los años 80, mudándose a Chile y perdiendo todo contacto con ellos a lo largo de los años.

Mediación en Cipolletti

El regreso se concretó en una mediación realizada en la ciudad de Cipolletti, donde finalmente se formalizó un compromiso económico tras décadas de desconexión familiar. Los acontecimientos que llevaron a este encuentro tienen su origen en la mitad de la década de 1980, cuando el padre decidió romper su relación con su ex pareja y abandonar el país sin dejar rastro. Esta decisión obligó a la madre a hacerse cargo de la crianza de los cuatro niños.

Aunque todos los hijos han alcanzado la adultez y han logrado independencia económica, uno de ellos requiere atención especial debido a su discapacidad. Tras años sin éxito en su intento por establecer contacto, la madre optó por buscar la mediación del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC), solicitando apoyo para una mediación alimentaria. Con la ayuda de una defensora pública, iniciaron el proceso que culminó con la localización del padre ausente a través de un mensaje de Whatsapp.

Acuerdo Económico

A pesar de los obstáculos y del tiempo transcurrido, el padre asistió a la audiencia acompañado de su abogado. Durante esta reunión, se alcanzó un acuerdo en el que el hombre se comprometió a pagar una cuota alimentaria que representa el 30 por ciento de su pensión de jubilación, junto con el Sueldo Anual Complementario (SAC). Según lo pactado, los depósitos se realizarán entre el 1 y el 10 de cada mes comenzando en enero de 2026. Además, se acordó el pago correspondiente al mes de diciembre mediante transferencia.

Un nuevo comienzo

Esta mediación no solo facilitó el acuerdo financiero, sino que también se convirtió en el primer espacio de diálogo entre el padre y sus hijos desde su partida. Los mediadores señalaron que fue el intermediario quien fomentó la comunicación familiar, marcando un hito después de años sin contacto.

Otro caso singular en Río Negro

En otro caso intrigante en Río Negro, una mujer que estuvo casada durante más de dos décadas y se divorció en agosto de 2001, vivió una situación que consideraba injusta. Tras la separación, ella tuvo que dejar la casa familiar y rentar un lugar, mientras que su exmarido permaneció en el hogar conyugal, donde más tarde llevó a su nueva pareja.

La propiedad, que fue otorgada a nombre de ambos en 1993 por el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV), había sido disfrutada únicamente por él. Con el tiempo, cansada de sostener alquileres con escasos recursos, la mujer decidió tomar acciones legales. En 2023, presentó una demanda solicitando una compensación económica por los años en que su exmarido utilizó de forma exclusiva el inmueble.

Demanda ante la Justicia

Su presentación legal fue muy meticulosa. Aportó documentación del IPPV que prueba la propiedad compartida, recibos de las cuotas que ella misma pagó y una notificación enviada a su exmarido para escriturar la casa a nombre de ambos, a la que nunca recibió respuesta.

En respuesta a la demanda, su expareja negó las acusaciones y trató de reverter la historia, alegando que fue ella quien abandonó el hogar y que él se hizo cargo de sus cinco hijos. Aunque intentó desacreditarla, el planteamiento no convenció a la jueza Ángela Sosa, quien repudió la actitud de su exmarido y su abogado por el tono usado en sus declaraciones. La magistrada señaló que los términos usados contra la mujer eran «inadmisibles e innecesarios» desde una perspectiva de igualdad de género.

Sentencia favorable

A pesar de las negativas de su ex, la jueza Sosa continuó con el proceso y emitió una sentencia, otorgando a María Alicia el derecho a recibir compensación económica. Su fallo se basó en el artículo 444 del Código Civil y Comercial, que permite a un cónyuge que no reside en el inmueble familiar solicitar una renta por su uso exclusivo por parte del otro.