Modificación Normativa Anunciada por el Ministro de Economía
Este jueves, el ministro de Economía, Luis Caputo, reveló una nueva adecuación normativa en la Comisión Nacional de Valores (CNV) que permitirá a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) captar los conocidos como «dólares del colchón» de ahorristas argentinos mediante diferentes tipos de fondos para sus carteras de inversión.
Caputo comunicó a través de su cuenta en X que la CNV aprobó la RG N°1108, la cual adapta la normativa vigente a lo establecido por la Ley N° 27.799 de Inocencia Fiscal y su decreto reglamentario N° 93/2026. Esta iniciativa forma parte de la regulación del Régimen de Inocencia Fiscal dentro del mercado de capitales.
Objetivos de la Nueva Medida
El ministro explicó que la finalidad de esta medida es similar a la que poseen las sociedades de inversión bancarias, ya que busca permitir a las ALyCs desarrollar diversos fondos orientados a ahorristas e inversores. Entre estos fondos, se incluirán opciones para el financiamiento de pymes y proyectos de infraestructura.
«Desarrollar un mercado de capitales doméstico fuerte será crucial para canalizar el ahorro hacia la inversión en la economía real, lo que resulta fundamental para el crecimiento económico sostenible de nuestro país», afirmó Caputo.
Posibilidades de Inversión a través del Mercado de Capitales
En línea con lo expuesto, el presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que «el ingreso de fondos y activos al sistema financiero argentino es esencial para el desarrollo del mercado de capitales».
Con los nuevos ajustes, aquellos que hayan optado por el «Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias» podrán utilizar fondos y/o activos en transacciones dentro del mercado de capitales o con Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs).
Transferencias y Depósitos Permitidos
La CNV especificó que quienes decidan invertir sus recursos a través del mercado de capitales o mediante PSAVs podrán realizar las siguientes operaciones:
- Depósitos en efectivo en las cuentas de los ALyCs y de los agentes involucrados en la colocación de fondos comunes de inversión (FCI).
- Transferencias de valores negociables entre subcuentas abiertas a su nombre en los agentes intervinientes o en los ALyC.
- Transferencias de activos virtuales en cuentas bajo su titularidad en los PSAVs registrados en la CNV.
Es importante mencionar que las jurisdicciones de origen de las subcuentas o cuentas utilizadas para transferencias no pueden ser parte de la lista de jurisdicciones no cooperantes según la transparencia fiscal estipulada en el artículo 24 del Anexo Integrante del Decreto N° 862/2019 ni clasificarse como jurisdicciones de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
