Contexto de la denuncia
El Movimiento Empresario Anti Bloqueos (MEAB) ha presentado una denuncia penal contra Raúl Horacio Ojeda, juez del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, por abuso de autoridad. La acusación se centra en la decisión del magistrado que suspendió, a través de una medida cautelar, la aplicación de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral en Argentina. Esta acción, según los denunciantes, es contraria a la Constitución Nacional y a múltiples leyes, generando un impacto significativo en el ámbito laboral y afectando millones de contratos.
Hechos denunciados
La denuncia fue formalizada en la Justicia Federal por Juan Méndez, presidente del MEAB, y respaldada por el abogado Pablo Abdón Torres Barthé. En el escrito se argumenta que Ojeda abusó de su autoridad al intervenir en un caso iniciado por la CGT, que pretendía declarar inconstitucional la nueva legislación laboral. El 30 de marzo de 2026, el juez decidió suspender gran parte de la Ley, otorgando efectos federales de inmediato a su decisión.
- La resolución afectó artículos no cuestionados inicialmente por la CGT, como los articles 3, 25 y del 59 al 77.
- Se destaca que la medida cautelar fue dictada con una celeridad inusual, sin esperar el plazo de respuesta establecido en la Ley N° 26.854.
Esto contrasta con la habitual tardanza en el juzgado, donde más de 100 casos están pendientes de resolución. En palabras de Méndez, «la resolución dispuso la suspensión de artículos que la propia actora no había incluido en su petición cautelar», lo que indica una vulneración del derecho de defensa del Estado.
Revocación y consecuencias
El 6 de abril de 2026, tras una semana, el juez revocó la suspensión de un artículo específico, el número 55, afirmando que había realizado un «nuevo análisis» basándose en un estudio de campo de la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo. Sin embargo, este informe no fue anexado formalmente al expediente ni comunicado a las partes, lo que elevaría dudas sobre la integridad procesal de la decisión.
La denuncia subraya que dichas acciones del juez podrían resultar en la sanción de prisión de uno a tres años y la inhabilitación, conforme al artículo 248 del Código Penal de la Nación. Se enfatiza que Ojeda era consciente de los límites que su función le imponía y que su actuación contravino principios establecidos por la Corte Suprema.
Quejas sobre la actuación judicial
Además, se hace hincapié en que la disposición de Ojeda violó múltiples artículos de la Constitución, incluyendo la separación de poderes y el derecho de defensa. La denuncia también subraya la falta de cumplimiento de los requisitos necesarios para suspender actos legislativos, así como la aceptación de documentación insuficiente para la cautelar.
Finalmente, el MEAB pide a la Justicia que se inicie una investigación formal contra Ojeda y que se solicite toda la documentación relacionada con el caso, así como los antecedentes laborales del magistrado. También se señala la posibilidad de ampliar la calificación legal a prevaricato, lo que podría complicar aún más su situación según los hallazgos de la investigación.
