Recomendaciones para contribuir al nuevo régimen fiscal
La expectativa de que los dólares “de abajo del colchón” entren al sistema económico bajo la visión del ministro de Economía, Luis Caputo, no parece ser una tendencia masiva. Especialistas en tributación que colaboran con agentes de liquidación y compensación (ALyC) advierten sobre las “zonas grises” en la Ley de Presunción de Inocencia Fiscal. Según el tributarista Andrés Chacra, socio de ECIJA Argentina, “no es aplicable a todo el universo. No se puede recomendar que vayan todos. Tienen que analizar y ver si es aplicable a su caso particular”.
Consideraciones sobre la Ley de Presunción de Inocencia Fiscal
Chacra destacó que los beneficios de retirar dólares escondidos dependen de cada situación específica, apuntando nuevamente a las zonas grises presentes en la legislación. El analista aclaró que el objetivo del Gobierno es lograr que el mercado esté inundado de dólares.
Una de las inquietudes señaladas por Chacra es la presunción de “discrepancia significativa” para quienes decidan adherirse al Impuesto a las Ganancias Simplificado. Para depositar estos dólares, el contribuyente debe unirse al nuevo régimen, el cual no considera el incremento patrimonial. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de verificar la facturación; si detecta una discrepancia igual o superior al 15% entre la renta declarada y la información que posee, el contribuyente podría quedar excluido del régimen.
Posibles sanciones y complicaciones
Otro aspecto complicado para los contribuyentes son las multas por la presentación tardía de las declaraciones juradas. Recientemente, estas sanciones, que anteriormente eran de solo $200, pueden ahora superar los $400.000.
Uno de los puntos más preocupantes para los contadores es que si un contribuyente incluye de buena fe una factura apócrifa en su declaración de gastos, puede perder todos los beneficios y volver al régimen general, a pesar de que la responsabilidad por un documento “trucho” no recaiga sobre él.
Acciones permitidas y limitaciones del régimen
Sobre dónde se pueden depositar los dólares, Chacra recordó que, según la ley, el dinero debe ingresar al sistema ya sea en su origen o en destino. Estos depósitos pueden realizarse en cuentas bancarias, sociedades de bolsa, billeteras virtuales o a través de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). También es posible que los fondos pertenezcan a alguien por quien se compra un auto o una casa, por ejemplo.
El ministerio de Economía convocó recientemente a representantes de ALyC para que divulguen los supuestos beneficios de la Ley de Inocencia Fiscal. Este régimen no es un blanqueo, aclaró Chacra, sino un planteo donde el fisco debe demostrar que hubo evasión en caso de que se depositen dólares en la cuenta.
Depósitos sin justificación
Respecto a cuántos dólares se pueden depositar sin necesidad de justificar su origen, Chacra explicó que las normativas antilavado no prohíben que se depositen fondos en efectivo en los bancos, independientemente del monto. «No se exige información sobre el origen de los fondos en ventanilla de caja como condición para aceptar el depósito», añadió. La única obligación radica en identificar al depositante si se superan los 40 salarios mínimos vitales y móviles, lo que corresponde a aproximadamente $16 millones o cerca de u$s11.000.
A pesar de que la Presunción de Inocencia Fiscal busca facilitar la integración de dinero escondido, en la práctica, los bancos continúan exigiendo documentación que evidencie el origen de los fondos debido a las normas de compliance internacionales relacionadas con la prevención del lavado de dinero.
